Buenas tardes, amigos:

Pensaréis que no tengo nada mejor que hacer, pero son cosas que me llaman mucho la atención y siento la necesidad de compartirlas con alguien (con alguien que no me responda siempre con un «ya estás de nuevo con el mismo rollo…»).

Esta vez se trata de un ejemplo que aparece en el Diccionario panhispánico de dudas (2005) de la RAE en su artículo dedicado a los puntos suspensivos, punto 3.c) y que dice así:

c) Los puntos suspensivos se escriben delante de los signos de cierre de interrogación o de exclamación si el enunciado interrogativo o exclamativo está incompleto: ¡Si te dije que…! Es inútil, nunca haces caso a nadie; si está completo, los puntos suspensivos se escriben detrás, sin espacio de separación: ¿Me habrá traído los libros?… Seguro que sí. Pueden darse casos en que se junten el punto de una abreviatura, los tres puntos suspensivos y el de los signos de cierre de interrogación o de exclamación: —¿Viste a ese Sr….? —Sí, el Sr. González estuvo aquí ayer.

¡Ahí está! Es ese «¿Viste a ese Sr….?», para mí, tan desafortunado.

Tenía entendido que las abreviaturas no pueden aparecer en cualquier punto de un texto en lugar de la palabra a la que reemplazan, ya que su uso se limita a contextos muy determinados, y que no podría escribir ahora mismo que les agradezco mucho a *Uds., sino a ustedes, que estén prestándome atención.

También había creído siempre que las abreviaturas de tratamientos (Sr., D., Dr., Lcdo….) solo deben emplearse cuando anteceden al nombre propio y no si se usan aisladas. Una restricción que no tienen las formas plenas (señor, don, doctor, licenciado…), que pueden usarse tanto si preceden al nombre propio como si van sin él.

¿Creéis posible que este ejemplo del DPD es un error? Y, si no lo es porque mi planteamiento solo es cuestión de estilo y no una norma, ¿no podrían haber elegido otro menos conflictivo?

Cada vez que lo miro, siempre me causa la misma impresión: rechazo total.

Agradezco, como siempre, todos vuestros comentarios.

Un fuerte abrazo